• pasaporte del extranjero válido (si hay varios, entonces todos los disponibles) o documento de identidad de apátrida, con visado tipo D (no se requiere el visado de larga duración a los extranjeros y a las personas apátridas que hayan llegado a Ucrania con el fin de la reunificación familiar, así como a los extranjeros y a las personas apátridas que no estén obligados a obtener dicho visado de conformidad con la legislación) y una copia del pasaporte con este tipo de visado;• pasaporte caducado o sujeto a renovación es aplicable a aquellos ciudadanos que deben dirigirse para obtener el documento nuevo al estado agresor contra Ucrania o el cual no reconoce la soberanía territorial de Ucrania;• traducción al ucraniano de la página del pasaporte del extranjero o del documento que certifica a la persona apátrida con sus datos personales certificada conforme a la ley;• póliza de seguro médico válida por todo el período de residencia (excepto los extranjeros o personas apátridas indicadas en la parte veinticutro del artículo 4 de la Ley de Ucrania “Sobre el estatus legal de los extranjeros y personas apártidas”);• comprobante de pago de la tasa administrativa o documento de exención de este pago;• documento que acredite la inscripción en el Registro estatal de personas físicas – contribuyentes, con los datos sobre el número de registro de la tarjeta de identificación del contribuyente (en caso de que exista)• documento militar de inscripción y el contratoEl extranjero o la persona apátrida también pueden presentar otros documentos que confirmen la existencia de bases para obtener el permiso de residencia o que acrediten la información indicada en el formulario de solicitud (en particular, documentos que confirmen el derecho de propiedad sobre la vivienda, contrato de arrendamiento (subarrendamiento, alquiler, etc.). Las copias de tales documentos se adjuntan al formulario de solicitud.
Para los extranjeros que prestaron asistencia como instructores u otra ayuda hace falta presentar:
• presentación del Ministerio de Defensa, de otro órgano central del poder ejecutivo que dirige formaciones militares creadas conforme a las leyes de Ucrania, o de un órgano de orden público o de un órgano estatal de destino especial con funciones de orden público, que hayan ejecutado tareas de la operación antiterrorista, hayan realizado medidas de garantía de la seguridad y defensa nacional, rechazo y contención de la agresión armada de la Federación de Rusia en las regiones de Donetsk y Lugansk;• solicitud del comandante de la unidad de las Fuerzas Armadas, de otras formaciones militares creadas conforme a las leyes de Ucrania, de autoridades encargadas del cumplimiento de la ley o de un órgano estatal de destino especial con funciones de orden público, que haya ejecutado tareas de la operación antiterrorista, realizado medidas de garantía de la seguridad y defensa nacional, rechazo y contención de la agresión armada de la Federación de Rusia en las regiones de Donetsk y Lugansk, elaborada según el modelo y en el procedimiento establecido por el Consejo de ministros de Ucrania.En caso de recibir una denegación escrita en el momento de emitir la petición o solicitud, el extranjero o apátrida podrá presentar junto con la solicitud correspondiente una decisión judicial sobre el reconocimiento de su pertenencia a las personas mencionadas en la parte vigésima del artículo 4 de la Ley de Ucrania
“Sobre el estatus jurídico de los extranjeros y apátridas”;
• para los extranjeros o apátridas que prestan o prestaron ayuda de tiro, táctica, radio-técnica, explosivos, médica u otra, y que dentro de los 12 meses a partir de la terminación o cancelación de la ley marcial se dirijan con la solicitud de tramitación del permiso de residencia, se requiere la declaración del Ministerio de Defensa o del Ministerio del Interior que confirme que el extranjero o apátrida, durante el período de vigencia de la ley marcial en Ucrania, presta o prestó la mencionada asistencia.Documentos para solicitar el permiso de inmigración
• pasaporte válido del extranjero o documentos de identidad (en caso de ciudadanía múltiple), o documento de identidad de apátrida (se devuelve tras su exhibición), y copia(s) de dichos documentos;• extranjeros o apátridas que tienen derecho a obtener un permiso de inmigración en virtud del párrafo 9 o 10 de la parte segunda, del párrafo 1-1 de la parte tercera del artículo 4 de la Ley de Ucrania “Sobre inmigración”, pueden presentar un pasaporte caducado o sujeto a renovación si hace falta dirigirse al estado agresor para obtener un nuevo documento;• traducción certificada al ucraniano de la página con datos personales del pasaporte (en caso de múltiples ciudadanías, de todos los pasaportes) o del documento de identidad de apátrida;• tres fotografías tamaño 3,5 x 4,5 cm• documento que acredite la legalidad de la estancia/residencia temporal en el territorio de Ucrania. La legalidad de la estancia/residencia temporal en el territorio de Ucrania de un extranjero o de una persona apátrida se confirma mediante la marca de cruce de la frontera estatal o de prórroga del plazo de estancia teniendo en cuenta el período permitido de permanencia, el permiso de residencia temporal con el lugar de residencia registrado/declarado y válido en el momento de la entrega de los documentos, u otros documentos previstos por la ley.• documento sobre el lugar de residencia (en Ucrania y en el extranjero, del estado de residencia anterior). Los militares pueden presentar como tal un certificado de servicio militar activo.
Para quienes tengan permiso temporal en Ucrania es el extracto del registro de la comunidad territorial.
Para quienes residen temporalmente en Ucrania en bases legales o presentan la solicitud en misiones diplomáticas/consulares como tal es:
• documento de propiedad o certificado de registro estatal del derecho de propiedad de la vivienda (se devuelve tras su exhibición) y su copia, y en caso si la vivienda no le pertenece al solicitante,• el consentimiento escrito del propietario (co-propietario) de la misma vivienda, debidamente certificado.
Si la vivienda que se proporciona al extranjero o a la persona apátrida para su estancia se encuentra en propiedad estatal o municipal, en lugar del documento de propiedad se presenta un documento que acredite el derecho de la parte receptora a utilizar dicha vivienda (orden, contrato de arrendamiento/subarrendamiento/alquiler, etc. debidamente formalizado) y su copia, así como el consentimiento escrito para la estancia del extranjero o de la persona apátrida de todas las personas mayores de edad cuyo lugar de residencia esté registrado/declarado en dicha vivienda.
• datos documentados sobre la composición de la familia (copias de certificados de nacimiento, matrimonio, adopción, tutela, etc.);• certificado médico expedido por el centro médico sobre la ausencia de enfermedades indicadas en el párrafo 5 de la parte 5 del artículo 9 de la Ley de Ucrania “Sobre inmigración” (excepto categorías indicadas en el párrafo 1, 1-1, 3 y 6 de la parte tercera del artículo 4 de la Ley). Los residentes que residen permanentemente en el extranjero entregan el certificado médico, otogado por el centro médico del país de residencia, debidamente legalizado, salvo si no está previsto por tratados internacionales;• documento que acredite el pago de la tasa administrativa o consular, o documento de exención de este pago.