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Ucranianos
1.
Información general
4

Solicitud de ciudadanía

Militares extranjeros y apátridas pueden obtener ciudadanía ucraniana mediante solicitud personal. Condiciones generales son iguales para todos:

  • • reconocer la Constitución y leyes de Ucrania;
  • • aprobar exámenes sobre los fundamentos de la Constitución, historia y lengua ucraniana;
  • • tener permiso de inmigración;
  • • disponer de ingresos legales.
  • Condiciones especiales para los militares desde 16.01.2025:

    Para los extranjeros y las personas apátridas que prestan servicio militar en virtud de contrato en las Fuerzas Armadas de Ucrania, el Servicio Estatal de Transporte Especial o la Guardia Nacional de Ucrania, el período de residencia ininterrumpida en el territorio de Ucrania debe constituir los últimos tres años al momento de presentación de la solicitud de admisión a la ciudadanía de Ucrania, contados desde la entrada en vigor del contrato de servicio militar, o un año de servicio militar en virtud de contrato durante el estado de guerra. Para las personas que hayan obtenido el permiso de residencia temporal de conformidad con la parte veinticuatro del artículo 4 de la Ley de Ucrania “Sobre el estatuto jurídico de los extranjeros y de las personas apátridas”, dicho período debe ser de los últimos tres años a la fecha de presentación de la solicitud, contados desde la obtención del permiso de residencia temporal.
    Si el contrato ha sido rescindido por causas previstas en la legislación ucraniana (actualmente únicamente por motivos de salud), el extranjero tiene derecho a presentar documentos para la ciudadanía sin cumplir las condiciones relativas al período de residencia ininterrumpida, a la existencia de un permiso de inmigración y a las fuentes de ingresos.
    En lugar del requisito estándar de renunciar oficialmente a la ciudadanía de otro país (lo cual puede resultar difícil o imposible), determinadas categorías de extranjeros presentan una declaración de renuncia a la ciudadanía extranjera. Estas categorías incluyen, conforme a las nuevas modificaciones legislativas a las personas siguientes:
  • • Personas reconocidas como refugiados o que han recibido asilo en Ucrania.
  • • Extranjeros que prestan servicio militar en virtud de contrato en las Fuerzas Armadas de Ucrania, el Servicio Estatal de Transporte Especial o la Guardia Nacional de Ucrania, incluidos los condecorados con una distinción estatal de Ucrania, así como sus cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges y los padres de los cónyuges.
  • • Extranjeros que hayan prestado servicio militar en virtud de contrato en las Fuerzas Armadas de Ucrania, el Servicio Estatal de Transporte Especial o la Guardia Nacional de Ucrania, cuyo contrato haya finalizado y hayan sido licenciados por causas previstas en la ley, incluidos los condecorados con una distinción estatal de Ucrania, así como sus cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges y los padres de los cónyuges.
  • • Extranjeros que hayan obtenido el permiso de residencia temporal en virtud de la parte veinte o veiticuatro del artículo 4 de la Ley de Ucrania “Sobre el estatuto jurídico de los extranjeros y de las personas apátridas”, así como sus cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges y los padres de los cónyuges.
  • • Personas que posean méritos destacados ante Ucrania o que representen un interés estatal para Ucrania, así como sus cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges.
  • • Personas que sean ciudadanos de un Estado agresor u ocupante y que hayan sido objeto de persecuciones políticas, así como sus cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges.
  • • Cónyuges, hijos, hijos de uno de los cónyuges o padres de los cónyuges de extranjeros que hayan prestado servicio militar en virtud de contrato en las Fuerzas Armadas de Ucrania, el Servicio Estatal de Transporte Especial o la Guardia Nacional de Ucrania y que hayan fallecido cumpliendo sus deberes.
  • • Cónyuges de ciudadanos de Ucrania que prestan (o hayan prestado) servicio militar en las Fuerzas Armadas de Ucrania, en otras formaciones militares, en el Servicio de Seguridad de Ucrania, en el Servicio Estatal de Comunicaciones Especiales, en la Guardia Nacional de Ucrania, en el Servicio Estatal de Fronteras de Ucrania, en el Departamento de Protección Estatal, en el Servicio Estatal de Transporte Especial, en los órganos de las fuerzas del orden de destinación especial o en los órganos de inteligencia, y que hayan fallecido, muerto o sido licenciados por motivos previstos en la ley, así como sus hijos, hijos de uno de los cónyuges y los padres de los cónyuges.
  • • Cónyuges o padres de los cónyuges de extranjeros que tenían derecho a un permiso de residencia temporal (parte veinte o veinticuatro del artículo 4 de la Ley de Ucrania “Sobre el estatuto jurídico de los extranjeros y de las personas apátridas”) y que hayan fallecido en el cumplimiento de sus deberes, así como sus hijos, hijos de uno de los cónyuges.
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