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Ucranianos
1.
Particularidades del ingreso al servicio
2

Particularidades del contrato

El contrato lo firma el comandante de la unidad militar y se notifica al Centro de reclutamiento y a los órganos superiores de mando militar por subordinación de que haya sido aceptado y designado un extranjero.
Los extranjeros pueden prestar:

  • • servicio militar por contrato en la categoría de tropa (personal de rango básico);
  • • servicio militar por contrato en la categoría de sargentos y suboficiales.

  • El contrato sobre el servicio militar se firma entre el extranjero y el Ministerio de Defensa de Ucrania. La condición principal es el término de 3 años igual que para ciudadanos ucranianos. Sin embargo, hay una diferencia clave para los extranjeros: ellos pueden rescindirlo tras 6 meses de servicio.
    Los extranjeros tienen los mismos derechos, beneficios que los ucranianos (excepto los ciudadanos del Estado agresor) así como un nivel idéntico de retribución, el cual depende del cumplimiento de las misiones de combate, de la categoría orgánico-funcional del puesto, del grado militar y de la cantidad de años en el servicio.
    El contrato se redacta en ucraniano; algunas unidades lo traducen (al inglés o español), pero la traducción no tiene validez jurídica.
    Se firma en dos ejemplares por las partes del contrato. La firma de la persona encargada se certifica medante el sello de armas. Un ejemplar se archiva en el expediente, el otro lo conserva el militar.
    El contrato de prestación del servicio militar entra en vigor:

  • • a partir del día de la incorporación a las listas del personal de la unidad militar — en el caso de los militares admitidos al servicio militar en virtud de contrato;
  • • a partir del día de la firma del contrato — en el caso de los militares cuyo contrato de prestación del servicio militar hubiera cesado durante un período especial y cuya vigencia hubiese sido prorrogada, en caso de continuar el servicio militar en virtud de un nuevo contrato tras la declaración de la desmovilización.

  • A los ciudadanos extranjeros que por primera vez sean admitidos al servicio militar en virtud de contrato, con independencia del grado militar que hubieran obtenido previamente en otro país, se les asigna el grado de soldado (marinero).
    Durante el procedimiento de incorporación de un extranjero como militar, la unidad militar remite su documentación para una verificación especial al Servicio de Seguridad de Ucrania (abreviatura ucraniana – SBU).
    El Servicio de Seguridad de Ucrania, junto con otros órganos estatales centrales, realiza una verificación especial que incluye examen psicofisiológico con polígrafo. 
    Durante esta verificación se comprueban las circunstancias que puedan perjudicar la admisión al servicio militar en virtud del contrato. En particular, la legalidad de la entrada y la estancia en el territorio de Ucrania; antecedentes administrativos o penales; posibles vínculos o pruebas de las actividades de inteligencia, terrorismo o en favor de otros Estados extranjeros o en favor de lagunas organizaciones, etc.
    En la práctica, a veces el Servicio de Seguridad de Ucrania realiza la verificación sin implicar al extranjero: la unidad envía los documentos al Servicio de Seguridad de Ucrania y recibe el resultado de la verificación.
    En caso de que el extranjero no haya tenido experiencia previa en la prestación del servicio militar, será destinado a unidades (centros) de instrucción y a unidades militares para recibir formación en cursos especiales con el fin de adquirir la correspondiente especialidad militar reglamentaria.
    El primer contratosobre la realización del servicio militar se hace con los militares

  • • admitidos a puestos de tropa: por un período de 3 años
  • • admitidos a puestos de sargentos y suboficiales: por un período de 3 a 5 años conforme al acuerdo de las partes.

  • En el contrato de prestación del servicio militar para extranjeros y apátridas se establece un período de prueba de dos meses. 
    De la experiencia: dicho período de prueba no se realiza en todas las unidades.
    La duración del servicio militar podrá ser prorrogada mediante un nuevo contrato hasta alcanzar la edad máxima de hacer el servicio militar:

  • • en los puestos de tropa — por un período de 3 años;
  • • en los puestos de sargentos y suboficiales — por un período de 3 a 5 años.

  • A petición del personal militar, la duración del servicio en virtud de un nuevo contrato podrá prorrogarse de 1 a 10 años, sin exceder en ningún caso la edad máxima de realización el servicio militar.
    El período de rezalización del servicio militar más allá de la edad máxima podrá extenderse hasta 5 años.
    Si un militar se encontrara en circunstancias en las que, por razones objetivas, resultara imposible formalizar un nuevo contrato, la vigencia del contrato anterior se prorrogará hasta que el tribunal emita una resolución declarando su ausencia sin paradero conocido o su fallecimiento, o hasta la finalización de dichas circunstancias y su reincorporación a las unidades militares. Asimismo, se prorrogará por el tiempo necesario para determinar la aptitud para la realización del servicio militar en función del estado de salud y para adoptar una decisión respecto a la firma de un nuevo contrato.
    El contrato finaliza (se rompe):

  • • una vez finalizado su plazo;
  • • una vez entrado en vigor del nuevo contrato en caso de que el militar cambie un tipo de servicio militar por otro;
  • • el día indicado en la orden del comandante (jefe) de la unidad militar en la parte de formación sobre la exclusión del militar de las listas de personal de la unidad militar (en caso de rescisión anticipada del contrato, de la baja del servicio militar);
  • • el día siguiente al de la muerte (fallecimiento) del militar o al día en que un tribunal lo declare desaparecido o lo dé por fallecido;
  • • el día siguiente al de la finalización del período de prueba en caso de que el militar no supere el período de prueba de dos meses.

  • El contrato se extingue (se rescinde) y el militar es dado de baja del servicio militar (los motivos indicados se aplican únicamente durante la movilización y en el estado de guerra):

    1. por decisión del mando de la unidad militar:
  • • por edad, en caso de alcanzar la edad máxima de cumplir el servicio militar;
  • • por estado de salud:
  • 1. a base de la conclusión (resolución) de la comisión médica militar acerca de la ineptitud para el servicio militar o de la ineptitud temporal para el servicio militar con un nuevo examen dentro de 6-12 meses;
  • 2. en caso de discapacidad (si los militares no han expresado el deseo de continuar en el servicio militar);
  • • en relación con la entrada en vigor de una sentencia condenatoria del tribunal, que imponga una pena de privación de libertad o de restricción de libertad
  • 2. por decisión del propio militar:
  • • por edad, en caso de alcanzar la edad máxima de cumplir el servicio militar;
  • • por circunstancias familiares u otras razones de gran importancia;
  • • por voluntad propia, pero no antes de haber cumplido seis meses de servicio militar continuo.

  • La tramitación de la baja se realiza mediante el siguiente procedimiento:

  • • notificación a la sección de personal o al comandante inmediato del deseo de rescindir el contrato;
  • • redacción de un informe sobre la voluntad de rescindir el contrato, con referencia expresa al artículo correspondiente de la Ley que establece la causa de resolución contractual (se elabora con ayuda de traductores);
  • • verificación por parte de la unidad militar de los plazos de servicio y validación del informe;
  • • cumplimentación por el militar de la hoja de ruta de baja (en la práctica, los extranjeros no la cumplimentan personalmente);
  • • emisión de la orden de baja del servicio militar y cumplimentación del carné militar.
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